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¿Cómo es el régimen de turistas provenientes del Mercosur en lo referente a vehículos?

05 de enero de 2015

En el último año, varias veces nos han consultado por el régimen de turistas provenientes del Mercosur. Especialmente nos preguntan por el tiempo de permanencia de un vehículo ingresado bajo esta modalidad. Por eso decidimos hacer un pequeño resumen de la información que Aduana brinda sobre el tema.


¿Quién es turista?

Cualquier persona que ingrese en un país del Mercosur diferente a aquel en el cual reside, permaneciendo un mínimo 24 hs. y hasta un máximo de 3 meses. Migraciones puede prorrogar el plazo de permanencia luego de los 3 meses.

¿Con qué vehículo comunitario puede ingresar?

Automóviles, motocicletas, casas rodantes, remolques, bicicletas motorizadas y vehículos similares. Estos deben ser de uso particular y exclusivo de los turistas y gozarán de libre circulación por el territorio del país.

¿Quiénes pueden conducir el vehículo?

 Casos generales

Su propietario o un usuario autorizado con documento expedido por la autoridad competente; el cónyuge del  propietario o cualquier familiar hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, siempre que no sean residentes de Uruguay.

También se autoriza la conducción a choferes profesionales acreditados como tales ante la autoridad aduanera.

Casos especiales

Cualquier dependiente residente o no en el país podrá conducir el vehículo siempre que se trate de turistas propietarios o arrendatarios de inmuebles en Uruguay con domicilio habitual fuera del país.

¿Cuál es el plazo de permanencia de los vehículos comunitarios?

Casos generales

Podrán permanecer por el plazo migratorio desde su ingreso. Vencido el mismo, deberán formalizar la permanencia ante Aduana.

Casos especiales

En el caso de turistas propietarios o arrendatarios de inmuebles en Uruguay, con domicilio habitual fuera del país, podrán permanecer amparados en el régimen un año.

Para los vehículos automotores tienen además la posibilidad de solicitar una prórroga por un plazo máximo de 24 meses (sin garantía).

¿Dónde se realiza el trámite para el ingreso del vehículo comunitario?

En oficinas de Aduanas ubicadas en los puntos de ingreso al país. El trámite no tiene costo.

¿Qué se requiere para realizarlo?

Para acreditar la calidad de vehículo comunitario debe presentarse:

  • Libreta de Propiedad y/o Título del Vehículo
  • Licencia de Conducir
  • Seguro de Responsabilidad Civil vigente (Tarjeta Verde)
  • Placas de matriculación y registro en el país de origen

Si el conductor no es el propietario, debe presentar además documento expedido por autoridad competente.

Para acreditar la residencia en el Estado de matriculación del vehículo se debe presentar:

  • Documento de identidad válido y vigente otorgado en el mismo.

 

Fuente: aduanas.gub.uy