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Documento de viaje provisorio - Decisión 38/04 del CMC del Mercosur

05 de enero de 2015

¿Y si pierdo los documentos?

Muchos de nosotros hemos conocido situaciones en las cuales compatriotas han tenido dificultades en algún país en el cual el Uruguay no cuenta con un servicio diplomático que pueda servir de soporte a quienes viajan al extranjero. Siendo que Uruguay es un país pequeño no cuenta con representación diplomática en la gran mayoría de los países del mundo. A modo de ejemplo en todo el continente africano únicamente mantenemos relaciones diplomáticas con Egipto y Sudáfrica.

Para mitigar los problemas que se pueden generar en países tan lejanos para nosotros cuando uno extravía los documentos y/o es víctima de los “amigos de los ajeno”, es que el Consejo Mercado Común creó el “Documento de Viaje Provisorio Mercosur” , que habilita únicamente a regresar al país de origen de su titular, el cual podrá ser extendido por las representaciones de los Estados Partes del Mercosur a nacionales de cualquiera de ellos, que no cuenten con representaciones consulares que pudiesen otorgar el Documento de Viaje Nacional.

Es importante resaltar que este documento de viaje provisorio podrá ser expedido para un único viaje al Estado Parte del Mercosur que sea el de la nacionalidad del solicitante, previa autorización del Estado del que sea nacional la persona que lo solicita. El mismo tendrá validez por el plazo que el Cónsul que le otorgue estime adecuado para el regreso al país de origen.

Por tanto este trámite puede ser una buena posibilidad de solucionar situaciones de urgencia que se puedan atravesar en algún país lejano con el que tengamos poco relacionamiento. Pero sin duda lo mejor siempre es cuidar bien nuestras pertenencias tomando las precauciones necesarias.

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